PETRÓLEO & GAS

Vuelven las exportaciones de gas natural a Chile

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El Ministerio de Energía y Minería autorizó a la empresa YPF a exportar a Chile un total de hasta 115 millones de metros cúbicos de gas natural, que serán intercambiados por metanol. La Resolución 502-E/2017, publicada en el Boletín Oficial, habilita a la petrolera nacional a enviar dichos volúmenes a la empresa Methanex S.A., en virtud de la extensión del Acuerdo de Maquila, celebrado entre ambas empresas en noviembre de 2016.

El acuerdo prevé que YPF exporte gas natural al país trasandino a cambio de Metanol, en operaciones comerciales sujetas "a la obtención de todos los permisos, aprobaciones y consentimientos" del gobierno argentino y del gobierno chileno, indica la citada Resolución.

El Ministerio autorizó, con la firma de su titular Juan José Aranguren, la provisión de hasta 1.000.000 de metros cúbicos diarios de 9.300 Kcal/m3 hasta el 30 de septiembre de 2018, o hasta completar una cantidad máxima total de 115.000.000 de metros cúbicos de gas natural de 9.300 Kcal/m3.

Sin embargo, la resolución ministerial contempla que los volúmenes de suministros autorizados "podrán ser interrumpidos a los fines de garantizar el abastecimiento del mercado interno".

La Resolución obliga a YPF a realizar la primera exportación de gas en un plazo de 180 días a contar desde su publicación en el Boletín Oficial, para evitar la caducidad de la autorización de exportación. Del mismo modo, la petrolera argentina quedará obligada a "importar volúmenes de gas natural equivalentes a los exportados dentro de un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de la exportación de los volúmenes correspondientes”.

El documento indica que el incumplimiento de esta obligación generará para YPF una "responsabilidad por los costos de la importación que deba realizar el Estado para suplir el gas exportado no reingresado, con más una penalidad del 50% de dichos costos”. La exportación se halla comprendida dentro del artículo 6° de la Ley 17.319, que establece que el Poder Ejecutivo Nacional permitirá la exportación de hidrocarburos o derivados no requeridos para la satisfacción de las necesidades internas.

Más actores

Las empresas Exxon Mobil Exploration Argentina SRL y Energy Consulting también obtuvieron autorizaciones para exportar gas natural por red a Chile, con la obligación de reimportar volúmenes equivalentes.

Exxon podrá exportar según la Resolución 492-E/2017 publicada en el Boletín Oficial. Aranguren otorgó a la firma de capitales estadounidenses la autorización para la exportación de gas natural a la empresa chilena Innergy Soluciones Energéticas SA por una cantidad máxima diaria de 30.000 metros cúbicos. Esta autorización estará vigente hasta el 31 de mayo de 2018 o hasta completar una cantidad máxima total de 900.000 metros cúbicos de gas natural de 9.300 kilocalorías por metro cúbico.

Por su parte, Energy Consulting Services -filial del grupo francés Engie- podrá también exportar el fluido al país trasandino con el compromiso de reimportarlo en un plazo de 240 días. La transacción fue autorizada por el Ministerio de Energía y Minería hasta una cantidad de 2,5 millones de m3/día a 9.300 Kcal/m3, o bien hasta un máximo de 30 millones de m3 a 9.300 Kcal/m3, lo que ocurra primero.

El plazo para la operación se extiende hasta el próximo 15 de mayo, y la contraparte será la empresa Engie Energía Chile S.A. (EECL).

La resolución 493-E firmada por Aranguren, aclara que los suministros previstos y de acuerdo con la normativa vigente “podrán ser interrumpidos a los fines de garantizar el abastecimiento del mercado interno”.
Las entregas, se señala en los considerandos de la medida, “quedarán condicionadas a que se asegure la prioridad de abastecimiento para la demanda nacional, en caso de existir situaciones en que se requiera interrumpir el suministro”.

La Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos deberá verificar la observancia del compromiso de reimportación, y en caso de incumplimiento se estableció que ECS será responsable por los costos de las compras que deba realizar el Estado nacional para suplir el gas exportado y no reingresado, con más una penalidad de 50%.
La autorización otorgada por el Ministerio caducará automáticamente si la empresa no efectiviza la primera exportación comercial de gas natural a Chile en el plazo de 180 días, indica la resolución.


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