Definen el proyecto de promoción de inversiones para la industria de hidrocarburos
El proyecto de ley de Promoción de Inversiones para la actividad hidrocarburífera en el país, en reservorios convencionales y no convencionales, está prácticamente listo y su presentación formal en detalle por parte del gobierno nacional sería cuestión de pocos días.
Al respecto, trascendió que el Presidente Alberto Fernández tendría previsto girar el proyecto al Congreso de la Nación en los próximos días con la expectativa de que sea analizado y tratado por el Parlamento en este mes de manera de poder activar su contenido en el transcurso de setiembre.
Ocurre que en el arranque del último trimestre del año las empresas operadoras de la industria del petróleo y del gas diseñan y proyectan sus inversiones, y se supone que los contenidos de esta ley específica apuntan a otorgar previsibilidad al sector, con las consecuentes decisiones de inversión desde 2022 en el desarrollo de yacimientos, de la infraestructura de almacenaje, y de transporte de crudo y gas natural para su procesamiento y envío a los centros de consumo, exportaciones incluidas.
El proyecto fue diseñado por la Secretaría de Energía -bajo la órbita del Ministerio de Economía-, con aportes técnicos de YPF, y en consulta con los gobernadores de las provincias petroleras nucleadas en la OFEPHI, con empresas productoras y proveedoras de servicios petroleros, y con los gremios que nuclean a trabajadores del rubro, todo lo cual demandó varios meses de trabajo.
Son principales objetivos definidos por el gobierno, multiplicar la producción, recuperar puestos de trabajo, incrementar la participación de proveedoras de servicios locales, recuperar el autoabastecimiento, reemplazar la importación de GNL, reducir la importación de gas natural desde Bolivia (cuya producción está en declive y tiene mayores necesidades de uso interno) y reemplazar la importación de líquidos para quemar en las usinas generadoras.
También, la exportación de excedentes a países limítrofes (por caso Chile y Brasil), y considerar la producción local de GNL para uso interno y exportación a terceros países, mejorando el flujo de divisas del BCRA.
El proyecto en espera de presentación contempla, entre sus principales contenidos :
. Un esquema de estabilización del precio del petróleo crudo local (CRL) tomado como referencia para morigerar la incidencia de las fluctuaciones del mercado internacional (Brent) en el mercado interno.
. La promoción de inversiones para el desarrollo de proveedores locales (industria nacional).
. Un esquema de regalías para las provincias considerando el precio del CRL.
. Determinación de la producción incremental considerando como referencia una línea base de 2019 ajustada en función de las tasas de declino de cada concesión de explotación.
. Libre exportación del 50 % del volumen incremental (y 50 % al mercado interno).
. Un esquema de Derechos de Exportación progresivo, de entre 0 y 8 por ciento.
. Libre disponibilidad de divisas de exportación por el 50 % de las divisas derivadas de los volúmenes exportados.
.Exención temporaria en pesos deducible del ICL para el volumen incremental de refinados provenientes de proyectos de inversión directa en plantas de refinación, por hasta el 50 % del monto de inversión aprobado.
. Las refinadoras podrán exportar hasta 50 % del volumen incremental sin aplicación de derechos de exportación, con libre disponibilidad de divisas.
. Exención temporaria en pesos del ICL por hasta el 30 % del monto invertido en mejoras de la calidad de los combustibles.
. Sistema normativo y regulatorio para el almacenaje subterráneo de gas natural para atenuar efectos de la estacionalidad (de la demanda). Su prioridad de despacho por sobre el gas importado.
. Un régimen especial para proyectos (REP) de inversión en infraestructura relacionada con los hidrocarburos. Con compromiso de inversión mínima en un plazo determinado (sería de U$ 500 millones en 5 años).
. Estabilidad fiscal para este tipo de proyectos (REP) (sería por 15 años, ampliables por 5 años).
. Acceso al mercado de cambios libre para el proyecto REP para: bienes de capital y contratación de servicios; para la repatriación de inversiones directas y dividendos; y para el pago de obligaciones financieras del proyecto.
. Permisos de exportación en firme de GNL y de gas natural por ductos (sería por 15 años, ampliable por otros 5 años).
. Libre disponibilidad de divisas por el equivalente al 50 % de las exportaciones de productos provenientes de los proyectos REP. Exención del pago de derechos de exportación para este mismo volumen de ventas al exterior.
. Se establecerán Concesiones para el almacenamiento subterráneo de gas natural (serían por 35 años prorrogables por 10 años). Serán independientes de las concesiones para la explotación y el transporte.
SM