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YPF y Equinor cedieron 30 % a Shell para explorar el área offshore CAN-100

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La Secretaría de Energía de la Nación autorizó a las empresas YPF y EQUINOR ARGENTINA, titulares del permiso de exploración sobre el área offshore CAN_100, a ceder el 15 %, cada una, de la titularidad a la empresa SHELL ARGENTINA la que, en consecuencia, será titular del 30 % de participación sobre el referido permiso.

La autorización fue dispuesta a través de la resolución 356/2021, publicada en el Boletín Oficial, y establece que la empresa cesionaria (Shell) deberá requerir la constancia escrita exigida por la Ley 17.319 (de Hidrocarburos) dentro de los 30 días hábiles de la publicación (el 27 de abril) de la medida. Dentro de los 60 días hábiles de expedida la constancia, deberá otorgarse la Escritura Pública de la Cesión y el incumplimiento de estos plazos implicará la caducidad de la autorización.

Las Empresas Cedentes y la Empresa Cesionaria deberán presentar a la Autoridad de Aplicación  (Energía) la escritura definitiva de la cesión, a los fines de su efectiva vigencia.

La empresa Cesionaria (Shell), “a partir de la vigencia de la cesión, asumirá los derechos y obligaciones de la empresa Cedente, incluyendo, sin limitarse, a los planes de inversiones, tanto en su desarrollo como su ejecución”, indica la resolución.

Acerca de esta concesión cabe referir que, mediante la Resolución 196/2019 la ex Secretaría de Energía del ex Ministerio de Hacienda se convirtió el convenio de asociación para la exploración y eventual explotación del área “E-1” del 12 de abril de 2006 suscripto entre las empresas ENARSA, YPF, PETROBRAS -actualmente PAMPA ENERGÍA- y PETROURUGUAY en un permiso de exploración de hidrocarburos a favor de la empresa YPF en los términos de la Ley 17.319 sobre el área CAN_100 y se aprobó el proyecto de Acta Acuerdo a suscribirse entre el Estado Nacional e  YPF por medio de la cual se acordaron los términos de la reconversión del convenio de asociación en un permiso de exploración.

En mayo de 2019 se suscribió un Acta Acuerdo de conformidad con el proyecto aprobado por la Resolución 196/19 en cuyo Artículo 2º se establece que en caso de que YPF pretendiera ceder total o parcialmente su participación en el permiso de exploración deberá constituir las garantías de cumplimiento allí establecidas.

Por ubicarse más allá de las 12 millas marinas medidas desde las líneas de base establecidas por la Ley 23.968 (de espacios marítimos argentinos) y como consecuencia de lo establecido en la Ley 26.197 ( Ley Corta) el permiso de exploración sobre el área CAN_100 se encuentra actualmente sujeto a la autoridad administrativa del Estado Nacional.

Mediante la Resolución 55/2020 de Energía, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, se autorizó a YPF a ceder el 50 %  de su participación a favor de EQUINOR ARGENTINA.

Luego, YPF y EQUINOR solicitaron autorización para ceder el 15 %, cada una, de la titularidad del permiso de exploración otorgado sobre el área CAN_100 a favor de SHELL, lo cual ahora se concretó a través de la resolución firmada por Darío Martínez.


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