ECONOMÍA & POLÍTICA

Uruguaiana tendrá gas argentino

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La visita del presidente de Brasil Jair Bolsonaro a la Argentina dejó como saldo la firma de denominado ‘‘Memorándum de entendimiento entre la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Haciende de la República Argentina y el Ministerio de Minas y Energía de la República Federativa del Brasil sobre el intercambio de energía’’.

En los considerandos del documento, se establece como meta prioritaria la búsqueda de soluciones en el ámbito de la energía para permitir superar los picos de demanda urgentes en ambos territorios. El caso concreto que se cita, es el de lograr del suministro de gas natural a la central térmica de Uruguaiana, actualmente inactiva por falta del gasífero recurso.

En mayo de 2016 se había suscrito otro Memorandum de Entendimiento entre ambos países donde se previeron mecanismos para el intercambio de energía, pero expiró el 31 de diciembre de 2018 sin que se avanzara en ningún sentido.

Gas Natural

En materia de gas natural el Memorandum tiene algunos puntos que por su carácter técnico son complejos y difíciles de comprender, excepto para los más expertos en la materia.

El artículo 12 del paper, establece que “Cuando sea indispensable para la República Federativa del Brasil la generación de energía eléctrica por parte de la UTE Uruguaiana, la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda de la República Argentina permitirá, con el alcance previsto en las regulaciones locales, el libre tránsito de gas natural brasileño en la red de transporte de gas natural argentino hasta el punto de interconexión ubicado entre las ciudades de Paso de los Libres y Uruguaiana”

Sin embargo la caracterización de “indispensable” prevista en el acuerdo será sin dudas un punto de controversia en el futuro. Esta caracterización se dará por medio de manifestación formal de Brasil a la Secretaría de Energía.

Mas adelante el Memorándum establece que Brasil podrá introducir gas natural en la red de transporte argentino en un punto a ser acordado.

Por tratarse de un Memorándum de entendimiento de carácter programático, se incluyó una cláusula donde las partes se comprometen a establecer los procedimientos y normas necesarios para que los derechos y obligaciones del Memorándum puedan ejercitarse.

Destino del gas

En principio, queda establecido eque el gas tendrá como destino hacer viable la plena operación de la central Uruguaiana y que la energía generada pueda, eventualmente despachar a ambos países.

El inciso “a” del Anexo establece que “Sólo se autorizará el libre tránsito si las operaciones no comprometen el uso del conducto o los conductos para el suministro total del mercado interno de la República Argentina. La Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda de la República Argentina, con el asesoramiento del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) controlará el cumplimiento de esta condición.”

Mientras que el último punto del anexo del acuerdo se presenta -a priori-controvertido punto “g” y luce un tanto contradictorio, en particular con el “a”. En síntesis, dice que si para viabilizar el libre tránsito es necesario que centrales térmicas argentinas consuman combustibles líquidos en lugar de gas natural, Brasil, a través de la empresa que sea designada, soportará todos los costos adicionales que esa sustitución de combustibles y CAMMESA calculará estos costos adicionales y facturará a quien correspondiese.

La situación del mercado argentino es compleja, ya que falta demanda de fueloil, a tal punto que a veces es necesario bajar corrida en refinerías con la consiguiente baja de la producción de naftas y gasoil. Aunque, paradójicamente, la caída de la demanda de éstos disimulan el tema, pero las térmicas solo funcionan con gasoil

Los expertos del sector e preguntan si fueron contempladas en el carácter firme o interrumpible de la operación, la posibilidad de que el costo de transporte se realice vía swap y no transportando las moléculas por ductos argentinos, ya que el transporte firme demandará capacidad ya contratada.

Si el volumen ronda los 3 o 4 MMm3/d, cabe preguntarse también si es posible sustituir gas boliviano con recurso proveniente de Vaca Muerta y si el acuerdo abre la posibilidad  de que Bolivia utilice los caños argentinos para colocar su producto en Brasil.

Si esto fuese posible, sería a expensas del transporte interrumpible disponible para centrales e industrias argentinas. Y habrá que preguntarse qué será del futuro de Refinor.

Electricidad

En el memo, se acordó también, procurar ampliar los intercambios energéticos fundamentente en electricidad y para lograr el objetivo se incluyó un menú de tres opciones: Sin devolución de energía eléctrica interrumpible suministrada; con devolución de energía eléctrica interrumpible suministrada para atención de emergencia; con devolución de energía eléctrica interrumpible suministrada para aprovechamiento de excedentes de vertido hidroeléctrico o renovables

Sin devolución de energía eléctrica interrumpible suministrada

Esta modalidad se basa en la utilización de plantas térmicas no usadas para satisfacer el mercado del país suministrador y/o por medio de energía vertida turbinable no asignable al sistema del país suministrador

Con devolución de energía eléctrica interrumpible suministrada para atención de emergencia

caracterizada como recibimiento de energía cuando sean necesarias operaciones de emergencia, tales como emergencias en el sistema de generación o transmisión que comprometan la atención de la carga; y

Con devolución de energía eléctrica interrumpible suministrada para aprovechamiento de excedentes de vertido hidroeléctrico o renovables

caracterizando excedentes de vertido como energía puesta a disposición por no contar con demanda en el mercado local y que puede ser aprovechada por el otro sistema. 

El acuerdo establece que el para las dos últimas modalidades tendrá naturaleza excepcional y debe ser compensado con devolución en igual cantidad por parte del país suministrado, en el momento que sea posible asignar esa energía, preferentemente en el mismo año calendario, no habiendo transacción.

La energía máxima transportada para los intercambios se limita a 2.100 MW. Éstos podrán efectuarse durante todo el año por medio de la Conversora de Frecuencia de Garabí o de la Conversora de Frecuencia de Uruguaiana.

El texto del acuerdo, aquí:
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