Varios ingenios azucareros dedicados a la producción de bioetanol de caña preparan acciones legales para acogerse al amparo dictado por el Juzgado Federal N° 1 de Jujuy, que ordenó a la Secretaría de Energía respetar el procedimiento para el ajuste mensual del precio del producto.
Se trata del criterio establecido en la Disposición 87/2018, y ahora autorizó a facturar un precio de $ 26,24 por litro, más IVA, para los meses de marzo y abril de 2019, y las actualizaciones que resulten de los ajustes mensuales posteriores, indicaron a E&N fuentes del sector.
En la acción cautelar, promovida por Bioledesma S.A.U. contra el Estado Nacional-Secretaría de Energía, se denuncia que la Disposición 24/2019 de la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles, mediante la cual se dejaron sin efectos los parámetros para la fijación del precio del bioetanol –la cual ahora queda cautelarmente sin efecto- “pulveriza” a la industria del bioetanol, desalienta las inversiones, pone traba al desarrollo de las economías regionales y perjudica la producción energética del país”.
De acuerdo con los considerandos del amparo y a los cálculos del procedimiento de ajuste de precios original, a marzo de 2019 el valor por litro del bioetanol de caña era de $ 26,24 más IVA, y debe ser actualizado en forma mensual conforme lo prevé la Disposición 87/2018, hasta que se cumpla el plazo previsto en el artículo 5 de la ley 26.854, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva.
En la cautelar la empresa denunció la Disposición 24/2019 mediante la cual “se dejaron sin efecto arbitrariamente, sin dar explicación, los procedimientos para la determinación del precio de adquisición del bioetanol de caña de azúcar y de maíz” -aprobados por la Disposición 87/2018-, sumado a que fijó en $22,732 por litro el precio de adquisición del bioetanol de caña de azúcar para su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la ley 26.093, “para que rija a partir del 1 de abril de 2019 hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace”.
La empresa reclamó que se le ordene a Energía que fije el precio del bioetanol de caña de azúcar, conforme surge de las Resoluciones 87 y 106/ 2018, para marzo y abril de 2019 en $ 26,80 por litro, más IVA, que corresponde a un precio de la materia prima en el mercado (bolsa de azúcar tipo A de 50 kg sin IVA) de $702,50, el cual se deberá ajustar mensualmente por el índice de precios internos al por mayor (IPIM) que publica el INDEC.
El bioetanol de caña se encuentra bajo el Programa Nacional de Biocombustibles del año 2009 conforme Resolución 698/2009, cuya vigencia es hasta el año 2021.
El régimen de regulación y promoción para la producción y uso de biocombustibles fue instaurado por la ley 26.093, luego se dictó la ley 26.334 destinada a regular específicamente la promoción de bioetanol, con el objetivo de fomentar la producción de biocombustible para lograr el autoabastecimiento y promover una sustancial modificación en la matriz energética nacional.
El mecanismo de fijación de precios sufrió variaciones a lo largo del tiempo, que en la actualidad se rige por la Disposición 87/2018 de la Subsecretaría de Recursos Hídrocarburíferos y la Resolución 106/2018 de la Secretaría de Energía cuyo mecanismo consiste en una fórmula que contempla el costo de la materia prima (azúcar), costo de mano de obra, insumos y mantenimiento, costo de gas natural, amortización, los que son ajustados mensualmente por el índice de precios IPIM , los que deberían reflejarse en el precio final del bioetanol que Energía debe publicar mensualmente.
Pero lo que está en discusión es el precio que el Estado ha tomado como base del costo del azúcar en sus publicaciones de precios de los meses de noviembre a febrero y, la omisión del Estado de publicar el nuevo precio del bioetanol para los meses de marzo y abril del 2019 que refleje el precio de mercado de la materia prima azúcar.