ENARGAS habilitó la importación de vehículos a GNC y GNL para transporte de pasajeros y de carga
El Ente Nacional Regulador del Gas aprobó, a través de la resolución 42/2019, la norma NAG 451 y estableció el procedimiento para habilitar el abastecimiento de gas natural como combustible en vehículos importados “atendiendo al nuevo polo de demanda de GNC y GNL, cuyo destino sea la utilización como combustible aplicado al transporte público de pasajeros y al transporte pesado de carga”.
Al respecto, el ENARGAS refirió que “ello permitirá incrementar el consumo de gas vehicular y aminorar el empleo de otros combustibles líquidos importados”, y remarcó que “el desarrollo de este tipo de vehículos constituye una tendencia mundial en lo que respecta al uso de combustibles y una transición de la matriz de energía secundaria hacia patrones de uso menos contaminantes y más eficaces”.
La resolución publicada en el Boletín Oficial determinó que todo Importador de vehículos propulsados mediante el uso de Gas Natural (IVPGN), que posea planta automotriz o planta productora de autopartes en territorio nacional deberá remitir los seguros que corresponden como uno de los requisitos para su inscripción en el Registro de Matrículas Habilitantes del ENARGAS.
También estableció que “todo Importador de vehículos propulsados por Gas Natural que no presente planta automotriz o planta productora de autopartes en el país deberá inscribirse en el citado registro como “Productor de Equipos Completos” e “Importador de partes y/o equipos para uso de GNC en automotores”.
Asimismo, se determinó que todo Importador de los vehículos propulsados por gas natural deberá presentar y mantener vigentes las certificaciones que correspondieren, expedidas por un organismo de certificación reconocido por el ENARGAS.
Esta resolución está siendo notificada a las Licenciatarias del servicio de distribución del gas, a los organismos de certificación, a la Asociación de Fabricantes de Automotores (ADEFA), a la Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CIDOA), y a las empresas IVECO ARGENTINA y SCANIA ARGENTINA, que habían realizado gestiones ante el ENARGAS para poder importar vehículos destinados al transporte público y transporte de carga, respectivamente.
Según consta en los considerandos de la resolución, en mayo de 2018, IVECO solicitó la adecuación de la reglamentación vigente, respecto a la habilitación de vehículos propulsados a GNC, para permitir la importación de vehículos completos originales de fábrica, “producidos y certificados en otros países con trayectoria en el uso del Gas Natural Vehicular”.
IVECO procura introducir al mercado argentino unidades fabricadas en Europa y certificadas bajo la reglamentación “UNECE R-110” de Naciones Unidas, que rige en toda la Unión Europea.
Cabe consignar en este punto que mediante una Resolución del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso la creación del “Programa de Prueba Piloto de Buses de Combustibles Alternativos” por el lapso de un (1) año, desde la efectiva puesta en circulación de los buses de estos combustibles, y que a esos fines se destinarían los vehículos de IVECO.
Por otra parte, en junio del 2018, SCANIA manifestó al ENARGAS que se encontraba avanzando en un proyecto consistente en la utilización de seis (6) camiones importados, propulsados mediante el uso de GNL como combustible vehicular, entre las localidades de Malargüe y Anchoris, con el propósito de operar Gasoducto Virtual entre dichas áreas.
Los referidos vehículos fueron producidos y certificados a través de Organismos Certificadores en origen, bajo normas internacionales o de aplicación en la Comunidad Europea, se indicó.
El Ente Regulador señaló en un comunicado que “esta norma (Resolución 42/2019) fue impulsada con el ánimo de mejorar las condiciones ambientales, particularmente, en zonas de alta concentración urbana, utilizando de manera segura un recurso energético que, en el mediano plazo, podría llegar a abundar en el ámbito del territorio nacional, con tecnologías certificadas a través de reglamentaciones nacionales y normas internacionales”.