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Distribuidoras ya emiten facturas con lectura de consumo real

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Las empresas a cargo de los servicios de distribución domiciliaria de gas y de electricidad retomaron en las últimas semanas la tarea de lectura de los medidores de consumo y ya están confeccionando las facturas en base al uso real y no a un “Estimado”, tal como ocurrió durante el período abril-mayo, en el marco de la pandemia del COVID 19.

Esto fue posible porque se declaró tarea esencial la de los “Lecturistas” y por tanto en situación de poder trabajar pese a la cuarentena vigente, cumpliendo con el protocolo del caso.

Así las cosas, los usuarios estarán recibiendo en los próximos días la factura que regularizará la situación, la cual deberá reflejar el resultado de comparar aquellos consumos estimados (en base a los antecedentes de idénticos períodos de años anteriores) con lo realmente consumido, arrojando débitos o créditos según corresponda.

Mediante la Resolución 25/2020 el ENARGAS determinó que las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes, durante el lapso de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por Decreto 297/2020, podrán, tanto para Usuarios no Residenciales y  Usuarios Residenciales nuevos en el servicio, sin histórico de consumo o con datos históricos de consumo menor a un año, tomar el estado de medidor respectivo bajo declaración jurada del cliente, estableciendo que a esos efectos debían utilizar herramientas informáticas a fin de recibir las declaraciones juradas de los usuarios y su información correspondiente.

Por el artículo 4 de dicho decreto se dispuso que las diferencias a favor del usuario, como consecuencia de volúmenes en exceso respecto a la lectura real obtenida, por una factura ya emitida con consumo estimado, deberán ser reintegradas en la/s factura/s siguiente/s; salvo que el usuario formule un reclamo con relación a tal consumo estimado, para lo cual, el ajuste de la facturación se efectuará en el marco de la resolución del mismo.

Cuando se obtenga la primera lectura real, la distribuidora deberá emitir la factura del periodo corriente en base a dicha lectura real y si surgieran diferencias a favor del usuario, el monto resultante deberá ser reintegrado en la misma.

En caso de existir diferencias a favor de la prestadora del servicio de distribución, el monto resultante deberá imputarse en 3 cuotas -iguales y consecutivas- en las facturas que se emitan con consumos a partir del 1/9/2020, señala la resolución del Enargas

En el caso de empresas distribuidoras de electricidad se aplica un criterio similar, disponiendo planes de facilidades de pago cuando se trate de saldos a favor de la compañía.

En todos los casos consultados por E&N las empresas señalaron que se están normalizando los cobros de las facturas dado que los usuarios pudieron acceder a formas de pago que eran tradicionales, con la reapertura de entidades de cobro diversas (bancos, Rapi Pago, Pago Fácil), y también destacaron la incorporación de muchos usuarios a esquemas de pago vía aplicaciones digitales (Mercado Pago, y oficinas virtuales de las propias prestadora).

Sus niveles de recaudación ya rondan el 80 por ciento de lo que era habitual antes de la pandemia en curso, coincidieron.


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