La Secretaría de Energía fjó, a través de la resolución 200/2024 ya oficializada, nuevos precios del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz destinado a su mezcla obligatoria con nafta, en el marco de los dispuesto por la Ley 27.640 (Biocombustibles), para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de agosto "y hasta que nuevos precios los reemplacen", aclarando que tales precios "son los valores mínimos a los cuales deberán ser llevadas a cabo las operaciones de comercialización en el mercado interno".
Asimismo, y a través de la resolución 201/2024, Energía fijó el precio mínimo de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil, también según lo dispuesto por la Ley 27.640.
En ambos casos el último ajuste de precios para este rubro había ocurrido el 7 de junio. Se estima que las petroleras trasladarían su incidencia en los costos de los combustibles líquidos a fin de mes.
Por la R-200/2024 se fijó en PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON QUINIENTAS VEINTICINCO MILÉSIMAS ($ 644,525) por litro el precio mínimo de adquisición (por parte de las petroleras) del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar. También, en PESOS QUINIENTOS NOVENTA CON SETECIENTAS TREINTA MILÉSIMAS ($ 590,730) por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz.
Por la R-201/24 fijó en PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 965.554) por tonelada el precio mínimo de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil en el marco de la Ley 27.640.
Energía estableció que el plazo de pago del bioetanol no podrá exceder, en ningún caso, los TREINTA (30) días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.
Asimismo, el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los SIETE (7) días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente, indican las respectivas resoluciones.