ENRE habilita la lectura mensual de medidores para hogares en el área de Edenor y Edesur

Mediante la Resolución ENRE 730/2025, firmada por el interventor Néstor Marcelo Lamboglia, el gobierno autorizó a las compañías distribuidoras a migrar (cambiar) del actual esquema bimestral de lectura de medidores de consumo a uno mensual para usuarios T1 (Pequeñas Demandas) del AMBA. Habrá un período de transición controlado, rótulos específicos en las facturas y prohibición de cortes por deudas vinculadas al ajuste por tal migración.
No habrá reconocimiento tarifario de supuestos mayores costos por el cambio de esquema, y se rechazan pedidos de las empresas de exención de sanciones que pueden caberles por la calidad del servicio a su cargo.
La medida fue entró en vigencia el 3 de noviembre de 2025. La decisión responde a propuestas elevadas por ambas distribuidoras, que argumentaron que el régimen vigente —instalado desde la Resolución ENRE 1/2016— genera una “disociación temporal” entre el consumo registrado y la Liquidación de Servicio Público (LSP) que recibe el usuario.
Según expusieron, la lectura mensual brindará señales más claras y oportunas sobre el uso de energía, permitirá alinear consumo real y señal económica, facilitará la comprensión de la factura y fomentará hábitos de ahorro y eficiencia energética.
También argumentaron mejoras operativas: mayor precisión de facturación, mejor gestión de pérdidas y morosidad, y servicio acorde a estándares de calidad y expectativas actuales.
Edesur añadió que el desfase vigente descompensa su flujo de recaudación respecto del cronograma de pagos a CAMMESA y que la nueva metodología le permitirá satisfacer exigencias de trazabilidad incorporadas por la Resolución ENRE 303/2025. La empresa describió rigideces del esquema con 40 planes bimestrales y más de 20 feriados anuales.
Edenor, por su parte, advirtió que el prorrateo bimestral puede generar inequidades y rangos tarifarios distintos a los que corresponderían si se considerara el consumo efectivo mensual; además, incrementa la demanda de aclaraciones en sus canales de atención.
Ambas compañías detallaron etapas, plazos y adecuaciones tecnológicas y de gestión para la migración, anticipando que durante el período de transición podrían alterarse ciclos de lectura y facturación. En ese tramo, pidieron “flexibilidades regulatorias”, incluyendo la no aplicación de sanciones por periodicidad o uso de estimaciones y cambios en normativa y plazos de información.
El ENRE consultó a la Secretaría de Energía (SE), que no objetó la iniciativa y sostuvo que, aunque podría haber un impacto transitorio en las facturas durante la migración, la lectura mensual beneficiará a los usuarios al acortar el tiempo entre consumo, medición, facturación y pago, mejorando la previsibilidad.
La SE además fue taxativa: no corresponde reconocimiento tarifario de costos operativos asociados —por tratarse de una decisión voluntaria de las distribuidoras— ni comprometer de manera genérica la “no aplicación” de sanciones; eventuales incumplimientos se evaluarán caso por caso.
Antecedentes
La facturación de la electricidad en Buenos Aires es bimestral por una combinación de razones históricas, regulatorias y operativas. Desde la privatización del servicio en la década de 1990, los contratos de concesión de las distribuidoras Edenor y Edesur establecieron que la lectura de los medidores y la emisión de facturas se realizarían cada dos meses.
Esta modalidad fue incorporada a las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), que define los procedimientos comerciales del sistema eléctrico en el Área Metropolitana de Buenos Aires.
El esquema bimestral responde también a motivos prácticos. Dado el enorme número de usuarios en la región, efectuar lecturas mensuales implicaría duplicar los costos operativos y administrativos, desde el relevamiento de consumos hasta la impresión y distribución de facturas, que están camino a desaparecer.
No obstante, cualquier cambio en el período de facturación podría afectar derechos adquiridos y de práctica comercial, que solo pueden modificarse mediante una resolución formal del ENRE, precedida de un proceso administrativo válido.
En esta oportunidad, el ente regulador fundamentó su competencia en la Ley 24.065 (t.o. 2025), la Ley 27.742 y el Decreto 450/2025, entre otras normas, y destacó dos objetivos sectoriales aplicables: proteger adecuadamente los derechos de los usuarios y promover nuevas tecnologías, medición inteligente y gestión de demanda.
También invocó el artículo 42 de la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor (art. 4), subrayando el derecho a información cierta, clara y detallada. Para el ENRE, la lectura mensual mejora la señal económica, favorece la planificación financiera familiar, permite ajustes estacionales de consumo, acelera la detección de desvíos (pérdidas, fallas, hurto o cambios de hábitos) y facilita reclamos por medición o facturación.
Además, alinea a T1 con el resto de categorías que ya tienen lectura y facturación mensuales y prepara el terreno para la masificación de medidores inteligentes.
- Cómo será la transición
- Plazos. Edenor y Edesur deberán iniciar las acciones para implementar la lectura mensual dentro de los 30 días corridos desde la vigencia (a partir del 3/11/2025).
- Período de Transición. Comprende desde la primera emisión con lectura mensual hasta la discontinuación total de LSP con lectura bimestral. Las empresas deberán remitir, al menos 2 días hábiles antes del inicio, un informe con cronograma, planes de lectura, metodología, resultados de pruebas y el modelo de LSP a utilizar en la transición.
- Ajustes en factura. Los saldos remanentes por el cambio de metodología deberán dividirse, como mínimo, en dos LSP y figurar como concepto diferenciado “Ajuste migración mensual (/)”. Edesur propuso dividir el “tramo 2” del último bimestre en dos partes iguales sin intereses; Edenor prevé dos liquidaciones consecutivas de 45 días cada una para concretar la migración.
- Indicadores de calidad. Durante la transición, las distribuidoras deberán calcular, valorizar y remitir los apartamientos a los indicadores de Periodicidad (4.1.7 y 4.2.7 del Subanexo 4) para su evaluación posterior.
- Lo que se rechazó. El ENRE denegó: i) la eximición de sanciones por facturación estimada (puntos 4.1.2 y 4.2.2); ii) la suspensión general del régimen de calidad de servicio; y iii) la extensión de plazos para el Programa Control Diario de Facturación. El organismo entiende que no hubo impedimentos técnicos acreditados y que la iniciativa requiere precisamente de lecturas reales.
- Información y control. El ENRE exigirá información clara, veraz y oportuna antes y durante la migración, y se reserva la posibilidad de requerir datos adicionales y auditar el proceso, emitiendo instrucciones complementarias.
- Comunicación al usuario. Edenor y Edesur deberán presentar un plan de comunicación con explicaciones simples sobre alcance y efectos del cambio, y garantizar trato digno y equitativo. Deberán identificar el universo de usuarios que podría recibir ajustes significativos para activar gestiones proactivas de información y atención.
Protecciones económicas para los hogares
El regulador fijó tres resguardos clave para el bolsillo:
- No habrá reconocimiento en tarifa de los costos operativos de la migración.
- Las distribuidoras deberán ofrecer planes de pago de hasta 6 cuotas, sin anticipos ni intereses, a quienes los soliciten por efectos de la transición (Edenor y Edesur ya lo habían anticipado en sus escritos).
- Queda prohibido aplicar acciones de morosidad y cortes por falta de pago respecto de LSP emitidas como consecuencia directa del cambio de metodología de lectura.
Contexto
La lectura bimestral con facturación mensual rige desde 2016 para T1. En 2017, esa modalidad se incorporó en la RTI a los contratos de concesión. Nueve años después, el ENRE reconoce cambios tecnológicos, nuevas demandas de información y la necesidad de evitar distorsiones en la percepción de consumos e importes, más aún con ajustes mensuales del Costo Propio de Distribución (CPD) vigentes desde 2025. Para el organismo, la migración a lectura mensual reduce “a la mitad” los tiempos de lectura y, una vez superada la transición, habilita decisiones de consumo más eficientes y contribuye a la eficiencia energética y la sustentabilidad del servicio.
Qué sigue
Con la vigencia desde el 3/11/2025, Edenor y Edesur tienen 30 días para poner en marcha el plan. Antes de iniciar, deberán enviar al ENRE el detalle de cronogramas, metodologías y modelos de factura de transición. Las facturas deberán transparentar los ajustes bajo la leyenda “Ajuste migración mensual”, habrá planes en cuotas sin interés y no se permitirán cortes por deudas derivadas del cambio. El ENRE controlará métricas de periodicidad, auditorías y comunicación al usuario; y evaluará desvíos una vez concluida la implementación.

