ECONOMÍA & POLÍTICA

Economía oficializó la actualización en tarifas de gas y electricidad a partir de junio

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La Secretaría de Energía de la Nación, en la órbita del ministerio de Economía, oficializó a través de las Resoluciones 403/2022 y 405/2022 las subas tarifarias para los servicios de gas y de electricidad por redes, respectivamente, que regirán para los consumos a realizar desde el 1 de junio próximo, y ahora corresponde a los Entes Reguladores la puesta en vigencia de los nuevos cuadros tarifarios.

Se trata de ajustes tarifarios en el contexto de una transición hacia una Revisión Tarifaria Integral (RTI) que el gobierno dispuso con fecha de culminación para fin de este año. Se verá que ocurre al respecto.

La actualización del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) implicará incrementos de entre 18,5 y 25 por ciento, según las regiones del país, para las facturas al usuario residencial, sin subas para aquellos comprendidos en el esquema de Tarifa Social.

Para el caso de los nuevos precios de referencia estacionales del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST), se dispuso una suba promedio en las facturas del usuario residencial de 16,5 % (GBA) y de 7 % para aquellos alcanzados por la Tarifa Social.

Estos porcentajes se asemejan a los que fueron considerados en las respectivas audiencias públicas realizadas en la primera quincena de mayo sobre la base del criterio anunciado por Economía de que el ajuste tarifario anual para los usuarios con tarifa social rondaría el equivalente al 40 por ciento del Coeficiente de Variación Salarial anotado entre diciembre de 2020 y diciembre de 2021, y al 80 por ciento del CVS para el resto de los usuarios residenciales. Ello, considerando la suba de tarifas activadas en marzo último.

En tanto, no hubo novedades acerca de la intención manifestada por Economía de avanzar con un procedimiento de segmentación tarifaria para la reducción y/o eliminación del elevado subsidio estatal a las tarifas de estos servicios, tema que también fue tratado en otra audiencia pública el 12 de mayo. Se planteó un primero objetivo de eliminarlos para el decil más alto de los usuarios residenciales en condiciones de pagar la tarifa plena, también desde junio, pero Economía aún no resolvió al respecto.

 En cuanto a la Resolución 403 de actualización del precio del gas PIST, en los considerandos de la norme se puntualizó entre otros aspectos que “el Precio del Gas Nacional que cobran las Productoras quedó establecido con la adjudicación realizada de volúmenes y precios ofertados libremente por las empresas que participaron de la compulsa de la Ronda I del Plan Gas.Ar y las rondas adicionales II y III cuyos precios promedios ascendieron a U$S / MMBTU 4,73 y 4,29 respectivamente”.

Que, por su parte “el costo del Gas importado de Bolivia derivado del contrato entre la ex IEASA, actualmente denominada ENERGÍA ARGENTINA S.A. (ENARSA), y YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS (YPFB), se estimó en el orden de los U$S/MMBTU 11,50 para este año. Finalmente, el precio del GNL importado, por su condición de commodity, es una variable determinada por el mercado internacional, que se estimó en el orden de los U$S/MMBTU 39 para el periodo mayo a septiembre de 2022. A este componente debe adicionarse el costo de la regasificación, que se estima entre 1 y 1,3 U$S/MMBTU”.

“Con esa composición por origen del Total de Gas necesario para abastecer la demanda prioritaria estimada para el año 2022, es posible calcular el costo total, que alcanza los MM U$S 3.063,6 equivalentes a MM $ 363.893, resultando un valor de 5,76 dólares el millón de BTU”.

También, “que se ha considerado la dispersión presente de los valores del PIST para las diferentes regiones del país, por aplicación de la normativa vigente”, y del impacto altamente desigual que ello tendría en las facturas de Gas de los usuarios con capacidad plena de pago, teniendo en cuenta el principio de equidad e igualdad, considerando las manifestaciones vertidas en la Audiencia Pública y además los compromisos asumidos por el Estado nacional”, (de reducción de subsidios).

“Que el costo total promedio de abastecimiento de gas estimado en 5,76 dólares por millón de BTU, es equivalente a 25,24 pesos el metro cúbico “. Y que entonces “corresponde la implementación de un incremento del precio del gas en PIST del 41,7 % respecto del que surge de los referidos contratos y acuerdos de abastecimiento”.

“Que dicho incremento en el precio de venta del gas en el PIST para las entregas con destino a usuarios residenciales se considera prudente y razonable conforme surge del informe técnico de la Subsecretaría de Hidrocarburos”.

La Resolución refiere además que corresponde al ENARGAS considerar la adecuación de este criterio tarifario para los usuarios comprendidos por el régimen de zona fría, y también para el caso de las Entidades de Bien Público.

“Para este año 2022 se estima que la demanda prioritaria de Gas Natural alcanzará los 14.420 millones de metros cúbicos (MMm3) distribuidos en 5.329 MMm3 para los meses de enero a abril y de octubre a diciembre, y 9.091 MMm3 para el periodo invernal de mayo a septiembre”, explica la R-403.

En cuanto a la Resolución 405 de actualización del PEST, en los considerandos de la norma se señala entre otros aspectos que en la audiencia pública respectiva “se expresó que el objetivo final de la propuesta consiste en que los usuarios con Tarifa Social en situación de vulnerabilidad socioeconómica tengan una corrección anual total en sus facturas, equivalente a un cuarenta por ciento de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior”.

Que, en consecuencia, “esto dará un total anual en facturas de un 21,27 por ciento. Y que el resto de los usuarios residenciales tengan una corrección anual total en sus facturas equivalentes al 80 por ciento de la variación del coeficiente de variación salarial del año anterior”.

Durante la Audiencia Pública se puntualizó que “los Precios establecidos, a excepción de los Grandes Usuarios de la Distribuidora (GUDI) con Demandas Mayores a trescientos kilovatios (300 kW) “General”, se encuentran subsidiados por el Estado Nacional de acuerdo a cada segmento de demanda, en mayor medida en el sector Residencial”.

Por lo tanto se indicó que “con el objetivo de transparentar la aplicación de fondos públicos al costo de la energía, deviene necesario continuar informando a los usuarios en su factura, el monto correspondiente al subsidio estatal, visualizando, de esta forma, el importe que deberían abonar los usuarios y usuarias, de no aplicarse dicho subsidio”.

“Es política del Gobierno Nacional en materia tarifaria de los servicios públicos, que estén en línea con la evolución de los ingresos salariales, de tal forma que los costos de la energía no crezcan por encima de ellos y, por el contrario, representen proporciones progresivamente menores”, se indica en la nueva resolución.

“De acuerdo a lo informado y analizado en la Audiencia Pública, y a sus resultados, se deberán incrementar en veintiséis coma uno por ciento (26,1%) el valor del Precio Estabilizado de la Energía (PEE) para el sector Residencial y en treinta y seis coma seis por ciento (36,6%) el valor del PEE para el sector no Residencial con consumos menores a trescientos kilovatios (< 300 kWh) a partir del 1º de junio de 2022”, de lo cual deriva luego la incidencia en la factura final al usuario, antes de impuestos.


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