PETRÓLEO & GAS

Se levantó la clausura judicial de la terminal regasificadora de Escobar

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El Juzgado Federal de Campana ordenó el levantamiento de la clausura que pesaba sobre la estación portuaria regasificadora de GNL de Escobar, así como de toda restricción de operación en dicha planta.

"De esta manera, el estratégico complejo, quedó operativo y a disposición para el abastecimiento de la demanda de Gas Natural del país, principalmente en la temporada invernal", señaló poco después en un comunicado la Secretaría de Energía de la Nación.

Al respecto, el Secretario Darío Martínez, expresó que “esta es una muy buena noticia” y agregó que “mas allá de las cuestiones de formalidad procesal, para tener la convicción de habilitar nuevamente la terminal regasificadora, el Juez ha debido merituar los concluyentes trabajos que presentamos en materia de evaluación de la Seguridad de la Planta, y los informes científicos de la UTN de Rosario y la Consultora Lloyd´s, que refutaron contundentemente al peritaje de la UNLZ que dio sustento inicial a la Clausura”.

En la resolución el Juez resuelve en su punto II “Suspender la clausura de la terminal portuaria para la regasificación de GAS LICUADO DE PETRÓLEO (que no es GNL) – Escobar que fuera ordenada por el suscrito (Adrian González Charvay) el 16 de octubre de 2020, y en todos los mismos términos que se hiciera.”

Entre otros fundamentos, la Resolución del Juez de Campana menciona que “se impone suspender la clausura oportunamente dispuesta en fecha 16 de octubre de 2020, toda vez que se ha demostrado que el estudio pericial presentado por el Perito Ingeniero (Fernando) Massaro de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora no se adecúa a lo que fuera ordenado por el Superior a fs. 1968/1970 y el suscrito a fs. 1978.”

El Magistrado Federal ordenó también la intervención obligatoria de la Secretaría de Energía en una pericia técnica que ordena realizar, señalando en este orden que "se deberá tener en cuenta y analizar toda la documentación e informes" que fueron incorporados al expediente del caso con posterioridad al dictado de la medida inicial, solicitando la rehabilitación de la terminal.

El Secretario de Energía expresó que “trabajamos con intensidad para lograr el levantamiento de la clausura a (a terminal) Escobar, junto a YPF, IEASA, Enargas y Cammesa”.

En forma simultánea la medida Judicial determina en su punto III “suspender la prohibición de los movimientos de arribo y salidas de buques metaneros para operar en la zona del entuerto”.

Martínez señalo que “ahora tenemos la tranquilidad de poder contar con la planta de Escobar para planificar con certidumbre el programa de abastecimiento integral de la demanda de Gas en los próximos meses de invierno”.

El funcionario explicó que “la planta de Escobar cumple con parámetros de seguridad y preservación del ambiente de máximo rigor técnico, y jamás tuvo episodios ni eventos que lo hicieran poner en duda”.

En las últimas semanas el Secretario de Energía reclamó el levantamiento de la clausura a través de un escrito que remitió al juez interviniente fundamentando “la imperiosa necesidad”  de tal medida, acompañando un informe sobre el “impacto de la no operatividad por clausura de la terminal en la provisión de gas natural en el país”.

En la presentación ante el  Juzgado Federal de Campana, Darío Martínez realizó un análisis técnico de los graves efectos que tendría sobre el abastecimiento en invierno a la demanda de gas natural del país, el mantenimiento de la clausura judicial.

La decisión judicial se basó en una denuncia de una vecina de ésa localidad referida a “una situación de peligro de muerte urbana masiva  por estrago de incendio o explosión”  del Gas Natural Licuado por el transporte del GNL en los buques metaneros  y por las operatorias de trasvase, almacenamiento y regasificación en el muelle ubicado en el kilómetro 74,5 del río Paraná de Las Palmas.

El Secretario de Energía acompañó su escrito con documentación emitida por la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura que contiene el informe de auditoría de TGN S.A.,  informe del análisis diferencial de la UTN e informe de la revisión independiente por parte de YPF S.A. a la terminal de GNL Escobar.

 La estrategia del Estado Nacional desde la Secretaría fue apuntalar con esta presentación las acciones judiciales que viene realizando YPF, propietaria de la terminal, que opera en sociedad con IEASA, a la que se sumarán otras presentaciones, informes y peritajes que producirán otros organismos como el Enargas, IEASA y la propia YPF.

Además de un análisis de la estimación de la demanda, el informe de Energía explicó el efecto que esta situación generaría en lo referido a costos inalcanzables en materia de necesidad de divisas, costo fiscal, precio inaccesible de la generación de electricidad, sobrecosto general para la economía nacional y los usuarios, y daño ambiental que generaría la utilización desmesurada de combustibles líquidos en reemplazo del gas faltante. Sostuvo que se pondría en riesgo el sistema de abastecimiento nacional y el servicio público de gas por redes".

Al respecto, en los considerandos de la medida ahora adoptada, el Juez señaló que "en relación a lo solicitado por la Secretaría de Energía en cuanto al levantamiento de la medida cautelar por razones vinculadas al contexto de la situación energética por la que atraviesa nuestro país, más allá de resultar atendible lo allí señalado, el argumento vertido no brinda por sí sólo, elementos suficientes a considerar en relación al objeto del proceso vinculados con la situación de peligro en la que podría encontrarse la población".

"La suspensión de la medida dictada en octubre de 2020 está vinculada con las particularidades (precariedades) detectadas en la confección del estudio pericial que diera origen y fundamentara la verosimilitud y peligro en la demora del dictado de la cautelar oportunamente dispuesta por este juzgado", sostuvo el Juez.

Con todo, la decisión trajo alivio en la Secretaría de Energía.

SM.


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