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El ENRE informó "irregularidades" en un Acuerdo de Lopetegui con Edenor y Edesur

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La intervención en el Ente Nacional Regulador de la Electricidad presentó a la Justicia documentación de la auditoría de gestión encarada en el Organismo denunciando “irregularidades en el cálculo de las multas y otros montos”  en perjuicio del Estado nacional, que integraron el denominado “Acuerdo de Regularización de Obligaciones para la Transferencia de las Concesionarias –Edenor y Edesur-  a las Jurisdicciones locales” (Provincia de Buenos Aires y Ciudad de Buenos Aires).

Dicha documentación fue presentada por el ENRE en la causa “Lopetegui  Gustavo y otros/ Malversación de caudales públicos”, que tramita en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5 (Causa N° 5059/2019), y refiere al Acuerdo realizado en mayo de 2019 por el ex Secretario de Energía,  y el ex Secretario de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico, Juan Antonio Garade, y las empresas Edenor y Edesur.

Un comunicado del ENRE puntualiza que “como resultado de la auditoría y revisión técnica, jurídica y económica que evalúa los aspectos regulados por la Ley 27.541 (de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública)  en materia energética, ordenada por el Decreto  (de intervención) 277/2020”, del organismo a cargo de Federico Basualdo detectó irregularidades en el cálculo de las multas y otros montos que integran el objeto del acuerdo.

La documentación presentada a la Justicia, se indicó, “también aporta información concreta sobre la realización de una reunión secreta en 2019 donde el entonces Directorio del ENRE, encabezado por  Andrés Chambouleyron, definió rechazar la instrucción del ex Secretario de Energía que disponía la ejecución del acuerdo”.

El ENRE detalló que “en el marco del traspaso (frustrado) de jurisdicción del servicio público de energía eléctrica a las jurisdicciones de la provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Estado Nacional suscribió con las distribuidoras Edenor y Edesur  un acuerdo con el objeto de poner fin a una serie de disputas y obligaciones recíprocas generadas entre la suscripción de las Actas Acuerdo de renegociación contractual (2006) y la realización de la Revisión Tarifaria Integral (2016)”.

En el acuerdo se contabilizaron tanto las acreencias reclamadas por las Concesionarias al Estado nacional por el congelamiento tarifario (“Activo Regulatorio”), así como las deudas por sanciones acumuladas por las empresas con el erario público (“Pasivo Regulatorio”).

Al respecto se destacó que “para la cuantificación de estas obligaciones, la entonces Subsecretaría de Energía Eléctrica utilizó métodos de cálculo “ad hoc” (sin ninguna justificación técnica),  que se apartaron de los mecanismos oficiales definidos para los correspondientes rubros, redundando en un beneficio para las concesionarias”.

En este sentido, la auditoría del ENRE advierte que “el método  utilizado para el cálculo del “Activo Regulatorio” invirtió el carácter de los resultados:  las concesionarias pasaron de ser deudoras del Estado nacional a ser acreedoras”.

El organismo de control detalló que “si se emplea el mecanismo de cálculo oficial previsto en las Actas vigentes desde 2006, resulta que Edenor  le debería al Estado Nacional $ 10.898.123.312 y  Edesur  $ 15.501.463.952.

En cuanto al “Pasivo Regulatorio”, se indicó que “las deudas de las concesionarias con el Estado fueron subvaluadas en un total de $ 9.453 millones de pesos para el caso de Edesur  y $ 7.731 millones de pesos para el caso de Edenor”.

En la causa penal mencionada se investiga si Lopetegui y Garade realizaron “maniobras de administración presupuestaria que podrían haber generado beneficios económicos indebidos a favor de las concesionarias Edenor y Edesur”.

En este sentido, la acción penal se sustenta en que, según la cláusula 5.4 de los Acuerdos Marco, para que las penalidades aplicadas a causa de deficiencias en la calidad o el servicio técnico puedan cambiar el destino original –bonificación a los usuarios afectados- y se conviertan en inversiones por parte de las Concesionarias debía darse una condición, que era superar los indicadores semestrales de calidad media, “la cual no se habría dado, por lo que lo convenido en el Acuerdo resultaría ilegítimo”.

Asimismo, en la causa se investiga si los montos dinerarios sujetos a acuerdo (Anexos II y III del Acuerdo) fueron correctamente calculados, en este sentido, la instrucción del Fiscal manifiesta que según la denuncia “...conforme a estimaciones generales, el total actualizado de sanciones pecuniarias ascendería a treinta y cinco mil millones de pesos ($ 35.000.000.000), lo que representaría devoluciones aproximadas de siete mil pesos ($ 7.000) por usuario”.

Sin embargo, “el Gobierno Nacional, sin la intervención del ENRE, habría reconocido multas por siete mil millones de pesos ($  7.000.000.000); esta última cifra significaría reintegros de alrededor de mil doscientos pesos ($  1.200) por usuario.”

“La información aportada por el ENRE presenta elementos de convicción que pueden colaborar en el esclarecimiento de la causa, permitiendo que se dejen sin efecto los acuerdos realizados”, se indicó.


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