Opinión

“El gobierno debería regular los precios internos del petróleo y desestimar un Barril criollo”

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Vivimos tiempos muy dinámicos y absolutamente inimaginables tan solo tres meses atrás.  El escenario que nos presenta la pandemia COVID19 con las calles de las principales ciudades del mundo vacías, las gentes en sus casas, las fronteras cerradas, el comercio suspendido y solamente las prestaciones esenciales en funcionamiento es el de una economía bloqueada, con la producción paralizada y el empobrecimiento generalizado de toda la sociedad.

Por Gerardo Rabinovich
(Instituto Argentino de la Energía “General Mosconi”)

En este contexto, la industria energética mundial se ha visto particularmente golpeada, dado que la demanda se derrumbó a niveles que produjeron fenómenos nunca vistos en la historia petrolera cono el cierre de refinerías, la saturación de las instalaciones de almacenamiento y la utilización de buques tanque alrededor del planeta para guardar el exceso de producción del crudo, que cayó un 30%, de alrededor de 100 millones de barriles/día previo a la declaración de la pandemia,  a 70 millones de barriles/día, que continuaron alimentando el exceso de oferta sobre el mercado.

La demanda de gasolina automotor cayó en promedio un 70% en marzo y abril, la de gasoil un 50% y la de jet-fuel un 90% con la mayor parte de la flota aérea mundial en tierra.

La situación llego al punto que los precios del petróleo WTI en el mercado de New York, que  es uno de los dos benchmark del mercado internacional, cerraron para los contratos de futuros con cierre en mayo y que deben ser liquidados un mes antes, en valores negativos de – 37 u$s/barril, es decir que los propietarios de esos contratos debían pagar 37 u$s por cada barril que físicamente debía entregar en el punto de recepción, que en este caso es la pequeña ciudad de Cushing, en Oklahoma, Estados Unidos.

Los países productores de la OPEP, junto con otros productores importantes como Rusia y Noruega, acordaron recortar la producción mundial en 10 millones de barriles/día entre OPEP y Rusia, y si agregamos los cortes de producción que sobrevendrán en los Estados Unidos, Canadá, Brasil y México por el derrumbe de los precios, podría llegar a 13,5 millones de barriles/día.  Estos recortes en la producción son inéditos en la industria y a pesar de ello continúan siendo insuficientes en tanto la actividad económica no comience a recuperarse.

Estas reducciones comienzan a operar a partir del 1 de mayo y ya desde principios de mes comienza a verse una tibia recuperación de los precios.
De esta forma, si observamos el precio promedio internacional del petróleo durante este año ha sido para el WTI de 38,95 u$s/barril, mientras que el Brent ha tenido un promedio de 1 Benchmark es el tipo de petróleo que se comercializa en los mercados financieros y se usa como referencia para determinar el precio de los crudos que se producen en otras partes del mundo.  El WTI se comercializa en New York (NYMEX), y el Brent que se usa como referencia para valorizar el petróleo que se produce en la Argentina en el ICE de Londres de 45,06 u$s/barril.

En el caso del WTI la caída ha sido del 31,8% respecto al precio promedio anual de 2019, mientras que en el caso del Brent la caída del precio respecto a 2019 fue del 30%. El precio promedio del Brent en marzo de este año fue de 33,93 u$s/barril, mientras que en abril cayó a 27,18 u$s/barril.
Se estima que a partir de mayo los precios comenzaran a recuperarse lentamente y que al finalizar 2020, el precio promedio del Brent rondaría los 40/45 u$s/barril.

En este contexto, la industria petrolera de nuestro país también ha recibido el impacto de esta crisis global, con demandas de combustibles que cayeron como el promedio mundial, cierres de las refinerías de Plaza Huincul, Campo Duran y Bahía Blanca y reducción en el resto de las plantas que en abril procesaron alrededor del 30% de su capacidad nominal.

Las empresas productoras han reducido sustancialmente la actividad en yacimiento, han postergado decisiones de inversión y comienzan a reducir y suspender dotaciones de personal implementando esquemas de emergencia para el pago de sueldos y postergando el pago de contratos a las empresas de servicios que también se ven arrastradas por esta situación inédita.

El impacto es profundo y prolongado: en los Estados Unidos muchas empresas van camino a la bancarrota, los campos de shale comienzan a presentar paisajes de pueblos fantasmas, las grandes majors presentan informes financieros con fuertes caídas de los beneficios y en  algunos casos pérdidas, al igual que las grandes empresas de servicios petroleros como Halliburton, Schlumberger y otras.  Esta es la lógica de la industria petrolera, que sufre con la alta volatilidad de los precios situaciones de up/down que crean y/o destruyen riqueza.

Hasta aquí la presentación de los hechos. Claramente desorientada y recordando mecanismos utilizados hace pocos años atrás, reclamando un precio sostén o “barril criollo” como en 2014, que no funcionó, en circunstancias completamente diferentes, la corporación petrolera nacional  tropezó una y otra vez ante un planteo ilógico e irrealizable.

El argumento es que esto lo necesita la industria para mantener el nivel de actividad y las provincias para mantener el ingreso por Regalías presupuestado, difícil de respaldar en una actividad de producción de commodities que se comercializan en el mercado mundial, y que ajusta su producción a las variaciones del precio internacional que se fija externamente al país.

La Argentina es tomadora de precios internacionales del petróleo, no incide o lo hace muy marginalmente en el mercado mundial. Fijar arbitrariamente un precio de la materia prima perjudica directamente al consumidor argentino que debería consumir naftas y gasoil con precios más altos que los consumidores del resto del mundo. Toda nuestra industria y el agro tendrían una “desventaja comparativa” frente a competidores externos, lo que redundaría en una reducción de nuestras exportaciones, tanto del agro como de la industria.

Se denomina aquí como corporación petrolera al conjunto de actores presentes en la industria, ya sea de forma productiva o como captura de renta o generación de trabajos: las provincias productoras, las empresas petroleras y los sindicatos que representan los intereses de los trabajadores de la industria.

En las actuales circunstancias creemos que el Gobierno debería regular los precios internos teniendo en cuenta los costos de explotación por yacimiento o por cuenca y aplicar el artículo 6° de la Ley de Hidrocarburos 17.319 desestimando el pedido de establecer un precio de “barril criollo”, como el solicitado en forma arbitraria. (*) .

Con este procedimiento, se podría contemplar que la industria petrolera en circunstancias excepcionales pueda cubrir sus costos y obtener una rentabilidad razonable acorde al funcionamiento actual de la economía, postergando obviamente nuevas inversiones como lo está haciendo la industria petrolera en todas partes del mundo, a cambio de garantizar un nivel de actividad que permita mantener los niveles de producción y de actividad en las distintas cuencas, manteniendo el empleo en condiciones fuera de lo común.

En caso de que el precio internacional presentara valores por debajo del costo de explotación en cada caso, el Estado Nacional podría evaluar el esfuerzo de otorgar un subsidio limitado en el tiempo que permita mantener la actividad de las empresas en condiciones económicas y financieras aceptables.

Por su parte, las provincias productoras deberían acordar con la Nación la asistencia presupuestaria que provoca la caída de sus ingresos por regalías de acuerdo con las posibilidades de la economía nacional.

En este contexto la administración nacional debería fijar los precios con los criterios de la legislación vigente sin volver a cometer el error de establecer un precio arbitrario y fuera de la lógica económica de la industria, como lo es el “barril criollo” que solicita la corporación petrolera.

Podría establecerse, por ejemplo, el valor del promedio de los precios internacionales de los últimos cuatro meses e ir actualizando el mismo con los promedios cuatrimestrales absorbiendo de esta forma los picos de subas o bajas puntuales para evitar fluctuaciones en los precios al público, provocados por la gran volatilidad del precio del petróleo.

La administración estatal debe tener presente la legislación mencionada para regular, conforme a costos en circunstancias excepcionales como la que estamos viviendo en estos días, los precios al consumidor.

(*) - El art.6° dice textualmente: “Si en dicho período el Poder Ejecutivo fijara los precios de comercialización en el mercado interno de los petróleos crudos, tales precios serán iguales a los que se establezcan para la respectiva empresa estatal, pero no inferiores a los niveles de precios de los petróleos de importación de condiciones similares. Cuando los precios de petróleos importados se incrementaren significativamente por circunstancias excepcionales, no serán considerados para la fijación de los precios de comercialización en el mercado interno, y, en ese caso, éstos podrán fijarse sobre la base de los reales costos de explotación de la empresa estatal, las amortizaciones que técnicamente correspondan, y un razonable interés sobre las inversiones actualizadas y depreciadas que dicha empresa estatal hubiere realizado.  Si fijara precios para subproductos, éstos deberán ser compatibles con los de petróleos valorizados según los criterios precedentes”.


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