MINERÍA

Los estándares de la Ley de Glaciares limitan la minería pero no la prohíben

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La Corte Suprema ratificó formalmente la norma y desechó el planteo de la empresa minera por ausencia de “causa”. Interrogantes de la industria y críticas de los ambientalistas.

Este miércoles se llevó a cabo en la Universidad Nacional de José C. Paz (UNPaz) una charla-debate sobre el reciente fallo “Barrick” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que trata sobre la aplicación de la Ley de Glaciares a proyectos mineros en la provincia de San Juan.

En un evento organizado por el Seminario permanente de análisis jurisprudencial de la CSJN de la Carrera de Abogacía, varios expertos analizaron el alcance de la sentencia que el Máximo Tribunal dictó a principios de junio.

Luego de la apertura por el Rector de la UNPaz, Dr. Federico Thea, los especialistas abordaron la temática desde diversos puntos de vista. En primer lugar, Juan José Carbajales, docente e investigador de la UNPaz y especialista en energía, hizo una presentación general del tema.

Allí revisó los antecedentes del fallo, esbozó el contenido de la resolución judicial y finalizó con una serie de interrogantes que se desprenden de la sentencia, tales como: ¿puede el Inventario Nacional de Glaciares afectar en el futuro a los proyectos Veladero y Pascua-Lama, así como a otros 44 emprendimientos ¿Hay que imitar la ley de Santa Cruz que excluye la zona cordillerana ¿Cómo se implementará el “federalismo concertado” entre Nación, provincias y municipios (San Juan fue parte actora en la causa)? ¿Qué incidencia tendrán los reclamos sociales (Jáchal), el cambio climático (ODS 2030) y los temas impositivos (retenciones)? ¿Autorizarán la minería provincias como Chubut y Mendoza?

Por su parte, Estela Sacristán, abogada especializada en regulación económica, hizo un minucioso análisis de los aspectos jurídicos del fallo. Destacó que la Corte Suprema estudió la superficie del planteo –aspectos procesales– sin necesidad de abocarse al fondo del asunto, y desestimó la demanda por ausencia de “caso”.

Llamó la atención sobre los precedentes existentes y los implícitos efectos generales de la declaración de validez formal de la ley. También se adentró en futuras alternativas, como ser una aplicación retroactiva del Inventario de Glaciares y la ampliación de la discrecionalidad judicial en la evaluación de la “entidad” del vicio invocado en punto a la nulidad formal de la ley.

Por último, Enrique Viale, presidente de la Asociación de Abogados Ambientalistas, hizo una profunda defensa de la aplicación de la ley, a la que denominó como “carrera de obstáculos”. Consignó las múltiples batallas sociales y judiciales –con funcionarios procesados y CEOs investigados– que se vienen dando para lograr que la industria minera respete los estándares ambientales de la ley y del inventario de glaciares (nuestra “fábrica de agua”).

Señaló que por fuera de esa prohibición la actividad puede realizarse pero que debe cumplir con los presupuestos mínimos de protección exigidos por la normativa federal. Criticó el accionar de la provincia de San Juan y abogó por el cierre de la mina Veladero luego del alarmante derrame del año 2015.

Finalmente, los expositores pudieron dialogar con la audiencia, compuesta mayormente por estudiantes de esta nueva y pujante universidad pública del Conurbano bonaerense.


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